Columna de interés laboral – El Covid-19: vacunación y exámenes preventivos como medidas de control ¿hasta dónde se pueden exigir?

“El Covid-19 nos ha planteado una serie de dificultades a la hora de reiniciar o retomar la vida y el trabajo presencial. Hoy se cuenta con sistema de acreditación que otorga algún grado mayor de libertad para quienes los poseen: el pase de movilidad como condición para ingresar a ciertos lugares o de participar en eventos masivos, claro, dependiendo de la fase o etapa en que se encuentre el lugar en que vivimos.

Esos alcances, sin embargo, no serán aplicables dentro del trabajo. Y si bien existe un deber genérico ―y amplísimo― impuesto al empleador para proteger la vida y salud de sus dependientes, la obligatoriedad de la vacunación (o el requerimiento del pase de movilidad) se ha entendido como una medida desproporcionada e injustificado. Como contrapartida, sin embargo, y más aún tras la dictación de la Ley N° 21.342, se han validado medidas tales como exámenes preventivos y previos al inicio de la jornada como obligaciones idóneas para cumplir con ese deber.” […]

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Alerta Laboral – Reglamento sobre datos y documentación que empleadores deberán mantener en el registro electrónico laboral de la Dirección del Trabajo (inciso segundo del art. 515 del Código del Trabajo, incorporado por la Ley 21.327)

“En medio de las campañas presidenciales y legislativas, el Congreso Nacional tiene la obligación de seguir legislando los proyectos de ley que se encuentran en trámite en las comisiones, tanto del Senado como de la Cámara de Diputados. Santiago Guillen nos informa la actualidad legislativa en materia laboral […]”

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Alerta Laboral – Corte de apelaciones de santiago acoge demanda de despido injustificado de trabajadora despedida por retirarse de su trabajo antes de finalizar la jornada laboral para asistir a reunión de apoderados

“Con fecha 07 de octubre de 2021 la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago revocó lo resuelto en primera instancia, por el 1er Juzgado de Letras de Santiago, quien había rechazado la demanda de despido injustificado, impetrado por una trabajadora del retail, que fue despedida por la causal del artículo 160 Nº 4 letra a) del Código del Trabajo por haberse retirado de su trabajo antes de finalizar su jornada laboral para asistir a reunión de apoderados, sin la debida autorización de su empleador.

Lo relevante del fallo de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, es que estima que el actuar de la trabajadora, aún cuando su salida del trabajo es intempestiva por no contar con la autorización de sus jefaturas, fue justificada ya que le asistía un motivo plausible para ausentarse, que en palabras de la Corte “derivan de su doble condición de madre y apoderada”. Teniendo esto último además un correlato en la Carta Fundamental, en especifico en el artículo 19 Nº 10 inciso tercero, al garantizar dicha norma “el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos”. […]”

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