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By 24/06/2024 Junio 28th, 2024 No Comments

Dictamen Nº362/19 establece efecto en la Aplicación del Artículo 156 del Código del Trabajo a partir de la entrada vigencia Ley Karin

El Dictamen Nº362/19 publicado el 7 de junio del presente año, que fijó el sentido y alcance de las modificaciones introducidas por la Ley N°21.643 al Código del Trabajo, establece que los procedimientos de investigación originados por denuncias presentadas a partir del 01 de agosto de 2024, se regirán por las normas de la Ley N°21.643.

Cabe recordar que la Ley N°21.643, en su artículo primero transitorio, primera parte, indica lo siguiente: “La presente ley entrará en vigencia el primer día del sexto mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial” Establecido lo anterior y en consideración que la Ley en análisis fue publicada 15.01.2024, esta entrará en vigor el día 01.08.2024.

Ahora bien, el artículo segundo transitorio indica que: “Los procesos o investigaciones sobre acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, iniciados antes de la vigencia de la presente ley, se regirán por las normas vigentes a la fecha de la presentación de la respectiva denuncia.”

En el Dictamen, la Dirección del Trabajo estableció que en caso que, conforme lo dispuesto en el artículo 156 del Código del Trabajo, estos no comiencen a regir el 1 de agosto de 2024, corresponderá que los procedimientos de investigación los desarrolle la Dirección del Trabajo conforme a lo establecido en el artículo segundo transitorio.

 

A mayor abundamiento, el artículo 156 del Código del Trabajo establece “Los reglamentos internos y sus modificaciones deberán ponerse en conocimiento de los trabajadores treinta días antes de la fecha en que comiencen a regir, y fijarse, a lo menos, en dos sitios visibles del lugar de las faenas con la misma anticipación. Deberá también entregarse una copia a los sindicatos y a los Comités Paritarios existentes en la empresa (…)”

En este sentido, para la aplicación de la ley los empleadores deberán adecuar sus reglamentos internos en conformidad a la normativa general observando los plazos legales establecidos al efecto.

Para más información sobre la Ley Karin, no dudes en escribir a Lizama Abogados

 

Ignacio Cartes

Abogado Área Negociación Colectiva

Lizama Abogados