Reforma de Pensiones Avanza en su Primer Trámite Legislativo.
La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó en general la idea de legislar la reforma de pensiones presentada por el ejecutivo. Este es el primer hito legislativo del proyecto de ley, que ahora pasará a discutirse en particular por la misma comisión.
La Reforma de Pensiones ingresó al Congreso el día 7 de noviembre de 2022. Este fue defendido por los Ministros de Hacienda y del Trabajo ante la cámara, quienes expusieron el Informe Financiero y de Impacto Regulatorio. El Proyecto de Reforma no tuvo voto alguno a favor de parte de la oposición, quienes se opusieron tajantemente a la idea de legislar. A pesar de esto, el ejecutivo invitó a todo el espectro político a participar de un comité de expertos. Esta instancia permitirá acelerar la discusión parlamentaria e incluir propuestas de ambas bancadas para acordar modificaciones que se puedan incorporar al proyecto para su segunda etapa de discusión.
El proyecto de reforma contempla cambios sustanciales al sistema de pensiones de nuestro país, entre los cuales destacan los siguientes: Se busca elevar el monto de la Pensión Universal Garantizada propiciando la creación de un sistema mixto de pensiones.
Otro punto relevante, el que más genera división entre los parlamentarios, es la reorganización de la industria previsional, reorganización que implica la eliminación de las Asociaciones de Fondos de Pensión. En esa línea se creará un organismo Inversor de Pensiones de carácter público y autónomo. Otra entidad pública que contempla el proyecto de ley es el Administrador de Pensiones Autónomo, ésta vendría a sustituir al actual Instituto de Previsión Social (IPS), asumiendo un rol de soporte, afiliación y pago de beneficios, entre otros. El rol de los privados se verá reflejado de manera más acotada por medio de una nueva figura: los Inversores de Pensiones Privados, el ámbito de acción de estos se verá limitados a actividades relacionadas con la inversión. Las AFP tendrán la posibilidad de transformarse en gestores de inversión en la medida que se ajusten sus funciones al nuevo rol que la ley les asignará.
El proyecto contempla la heredabilidad en el componente de la capitalización individual, tanto en la etapa activa como pasiva. Respecto de la pensión del seguro social, se otorgará una pensión de sobrevivencia a los beneficiarios solo en el caso de él o la cónyuge sobreviviente y los hijos menores de 25 años que tengan la calidad de estudiantes.
Una de las nuevas implementaciones que pretende el Proyecto de Ley, es la creación de un Seguro Social en el pilar contributivo. Este seguro social se compone de una cotización adicional del 6% de la renta imponible, la cual será de cargo del empleador. Este punto resulta particularmente relevante ya que vendría a modificar los beneficios individuales y colectivos establecidos en materia de pensiones y APV. Para el caso de los actuales pensionados, el 6% entregará una pensión equivalente 0,1UF por año cotizado. Esos incrementos se materializarán de manera inmediata para los pensionados actuales. Para el caso de los futuros pensionados, el 6% operará con lógica de seguro social. Además, el Fondo Integrado de Pensiones que se crea permitirá complementar las pensiones de personas de bajos ingresos.
Otro pilar importante de la reforma son los beneficios concretos enfocados en las mujeres: Compensación por tablas de mortalidad a las mujeres para las actuales jubiladas y las futuras. En cuanto a las tareas de cuidado: se otorga cotizaciones para cuidados de dependencia, severa o moderada, para personas inscritas en el Módulo de Cuidadores del Registro Social de Hogares (RSH), con un tope de 2 años. En cuanto a maternidad: se anotan 24 cotizaciones por 6%, que se agregan al bono por hijo del 10%.
La eventual aprobación de esta reforma vendría a cambiar de manera sustancial los sistemas de beneficios en materia de pensiones que se encuentran establecidos en favor de los trabajadores. Es por esto que es de suma importancia anticiparse a este tipo de cambios dentro de las empresas y buscar la correcta asesoría, por ejemplo, al momento de pactar beneficios individuales o colectivos en materia de pensiones.
Antonia Morales Alemparte
Área de Negociación Colectiva
Lizama Abogados