Este mes se cumplieron 6 meses desde que se dio inicio a la Convención Constitucional, con el objetivo de redactar una propuesta de nueva Constitución Política para nuestro país. Desde su instalación, la Convención avanzó en la redacción de un reglamento interno, para posteriormente iniciar el proceso de redacción de la Carta Fundamental.

Actualmente, los constituyentes se encuentran analizando las normas que ellos van presentando, pero también están recibiendo aportes de la ciudadanía, por medio de la presentación de las iniciativas populares de norma, las cuales tienen como único requisito, para luego dar paso a su discusión por parte de la Convención que reúnan las firmas de 15 mil personas. El plazo para presentar y apoyar iniciativas populares, vence el 1 de febrero, después de eso comienza la etapa de discusión de las propuestas presentadas.

En este documento procederemos a desarrollar 5 de aquellas iniciativas que están relacionadas con el ámbito laboral:

Número Materia Patrocinante Contenido
2.826 “Una Constitución Política para las y los Trabajadores” Central Unitaria de Trabajadores –          Incorporar el Trabajo Decente al preámbulo de la Nueva Constitución

–          Establecer como principio constitucional el Trabajo Decente.

–          Regulación del Trabajo Decente como un derecho fundamental y consignar una debida protección a este derecho.

–          Incorporación de un inciso dentro del derecho al Trabajo Decente, en cual se establezca el derecho al salario decente.

–          Introducir dentro de los derechos fundamentales, el reconocimiento a la libertad sindical.

–          Incorporar el derecho a la sindicación, dentro de los derechos fundamentales. Se debe garantizar el derecho de los trabajadores y del sector público y privado, sin ninguna distinción y sin autorización previa, a constituir las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la protección y promoción de sus intereses

–          Regular el derecho a la negociación colectiva, dentro del capítulo que se refiere a los derechos fundamentales,

–          Establecer la posibilidad de hacer efectiva la huelga por parte de los trabajadores del sector público.

5.614 Propuesta Constitucional de los encuentros de “Trabajadores y Trabajadoras por un nuevo Chile” Eje Sindical Constituyente La Nueva Constitución debe contener:

1. El Trabajo una actividad creadora que dignifica, realiza y está al servicio de la vida.
2. El Estado debe proteger, promover, regular y fiscalizar con una Institucionalidad adecuada, suficiente y que de garantía.
3. Equidad, no discriminación, igualdad e interculturalidad
4. Libertad de Trabajo
5. Salario Suficiente y fin de la precarización del trabajo
6. Derecho a la sindicalización
7. Derecho a la negociación colectiva y Titularidad sindical.
8. Derecho a huelga efectiva.
9. Aplicación de Principios Normativos del Derecho al Trabajo
10. Derecho a la orientación, a la formación y a la capacitación profesional y laboral.
11. Derecho a la seguridad social

5.190 “Trabajadores reconocidos sin distinción entre empleados públicos y privados.” Mauricio Castro D.

 

 

Todos los trabajadores serán reconocidos de la misma manera, sin distinción entre el sistema público y el sistema privado.
7.314 “Trabajo decente, fin a la subcontratación, plena libertad sindical, nuevo sistema de pensiones, fin a las AFPS, nueva justicia laboral” Industrial Chile Constramet 1. Trabajo Decente, sueldos dignos, derecho a descanso y recreación.

2. No a la Subcontratación.

3. Igual Trabajo, Igual Salario.

4. El Trabajo no es una mercancía.

5. Libertad Sindical; Derecho a Sindicalización en todos los niveles – empresa, grupo de empresas, por rama de la producción, territorio e incluso a nivel nacional-.

6. Libertad Sindical; Derecho a Negociación Colectiva del Sector Público y Privado en cualquiera de sus niveles, e inclusive por rama o sector de la producción.
7. Libertad Sindical; Derecho a Huelga en el Sector Público y Privado. Se reconoce el Derecho a Huelga en todas sus modalidades. El Estado debe velar por el debido cumplimiento de esta garantía.
8. Derecho a Seguridad Social, Fin a las AFPs, nuevo sistema de pensiones dignas y suficientes.
9. Mutuales se reconoce su función social, para lo cual deberán adecuarse para garantizar la máxima cobertura en casos de enfermedades profesionales y accidentes de Trabajo.

10. Protección del Estado a las familias de los Trabajadores y Trabajadoras en caso de invalidez o muerte de quien ejerza jefe o jefa de hogar.
11. Judicatura Laboral especializada en todos los niveles del Poder Judicial, en lo laboral y previsional, creándose Juzgados del Trabajo y Cortes Laborales, en todo el Territorio Nacional, bajo los principios de oralidad, inmediación, celeridad, impulso procesal de oficio, universalidad, gratuidad y publicidad.

3.958 Derechos de las Federaciones y las Confederaciones Pamela Oliden V. Se debe consagrar el Derecho de las Federaciones y/o confederaciones a intervenir en los conflictos y procesos de negociación colectiva de sus sindicatos afiliados.

Este mes se cumplieron 6 meses desde que se dio inicio a la Convención Constitucional, con el objetivo de redactar una propuesta de nueva Constitución Política para nuestro país. Desde su instalación, la Convención avanzó en la redacción de un reglamento interno, para posteriormente iniciar el proceso de redacción de la Carta Fundamental.

Actualmente, los constituyentes se encuentran analizando las normas que ellos van presentando, pero también están recibiendo aportes de la ciudadanía, por medio de la presentación de las iniciativas populares de norma, las cuales tienen como único requisito, para luego dar paso a su discusión por parte de la Convención que reúnan las firmas de 15 mil personas. El plazo para presentar y apoyar iniciativas populares, vence el 1 de febrero, después de eso comienza la etapa de discusión de las propuestas presentadas.

En este documento procederemos a desarrollar 5 de aquellas iniciativas que están relacionadas con el ámbito laboral:

Número Materia Patrocinante Contenido
2.826 “Una Constitución Política para las y los Trabajadores” Central Unitaria de Trabajadores –          Incorporar el Trabajo Decente al preámbulo de la Nueva Constitución

–          Establecer como principio constitucional el Trabajo Decente.

–          Regulación del Trabajo Decente como un derecho fundamental y consignar una debida protección a este derecho.

–          Incorporación de un inciso dentro del derecho al Trabajo Decente, en cual se establezca el derecho al salario decente.

–          Introducir dentro de los derechos fundamentales, el reconocimiento a la libertad sindical.

–          Incorporar el derecho a la sindicación, dentro de los derechos fundamentales. Se debe garantizar el derecho de los trabajadores y del sector público y privado, sin ninguna distinción y sin autorización previa, a constituir las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la protección y promoción de sus intereses

–          Regular el derecho a la negociación colectiva, dentro del capítulo que se refiere a los derechos fundamentales,

–          Establecer la posibilidad de hacer efectiva la huelga por parte de los trabajadores del sector público.

5.614 Propuesta Constitucional de los encuentros de “Trabajadores y Trabajadoras por un nuevo Chile” Eje Sindical Constituyente La Nueva Constitución debe contener:

1. El Trabajo una actividad creadora que dignifica, realiza y está al servicio de la vida.
2. El Estado debe proteger, promover, regular y fiscalizar con una Institucionalidad adecuada, suficiente y que de garantía.
3. Equidad, no discriminación, igualdad e interculturalidad
4. Libertad de Trabajo
5. Salario Suficiente y fin de la precarización del trabajo
6. Derecho a la sindicalización
7. Derecho a la negociación colectiva y Titularidad sindical.
8. Derecho a huelga efectiva.
9. Aplicación de Principios Normativos del Derecho al Trabajo
10. Derecho a la orientación, a la formación y a la capacitación profesional y laboral.
11. Derecho a la seguridad social

5.190 “Trabajadores reconocidos sin distinción entre empleados públicos y privados.” Mauricio Castro D.

 

 

Todos los trabajadores serán reconocidos de la misma manera, sin distinción entre el sistema público y el sistema privado.
7.314 “Trabajo decente, fin a la subcontratación, plena libertad sindical, nuevo sistema de pensiones, fin a las AFPS, nueva justicia laboral” Industrial Chile Constramet 1. Trabajo Decente, sueldos dignos, derecho a descanso y recreación.

2. No a la Subcontratación.

3. Igual Trabajo, Igual Salario.

4. El Trabajo no es una mercancía.

5. Libertad Sindical; Derecho a Sindicalización en todos los niveles – empresa, grupo de empresas, por rama de la producción, territorio e incluso a nivel nacional-.

6. Libertad Sindical; Derecho a Negociación Colectiva del Sector Público y Privado en cualquiera de sus niveles, e inclusive por rama o sector de la producción.
7. Libertad Sindical; Derecho a Huelga en el Sector Público y Privado. Se reconoce el Derecho a Huelga en todas sus modalidades. El Estado debe velar por el debido cumplimiento de esta garantía.
8. Derecho a Seguridad Social, Fin a las AFPs, nuevo sistema de pensiones dignas y suficientes.
9. Mutuales se reconoce su función social, para lo cual deberán adecuarse para garantizar la máxima cobertura en casos de enfermedades profesionales y accidentes de Trabajo.

10. Protección del Estado a las familias de los Trabajadores y Trabajadoras en caso de invalidez o muerte de quien ejerza jefe o jefa de hogar.
11. Judicatura Laboral especializada en todos los niveles del Poder Judicial, en lo laboral y previsional, creándose Juzgados del Trabajo y Cortes Laborales, en todo el Territorio Nacional, bajo los principios de oralidad, inmediación, celeridad, impulso procesal de oficio, universalidad, gratuidad y publicidad.

3.958 Derechos de las Federaciones y las Confederaciones Pamela Oliden V. Se debe consagrar el Derecho de las Federaciones y/o confederaciones a intervenir en los conflictos y procesos de negociación colectiva de sus sindicatos afiliados.

 

 

Santiago Guillen – Abogado Negociación Colectiva

Lizama Abogados