El 07 de abril de 2022 el Gobierno lanzó el “Plan Chile Apoya” dentro del cual se contemplaba la ampliación del límite de edad de los niños y niñas respecto a quienes sus madres o padres podían postular al denominado “Subsidio al cuidado infantil” o “Subsidio para sala cuna”, contenido en la modificación al Decreto N°28, de 2011. Esta última (modificación) finalmente fue publicada en el Diario Oficial el día 09 de junio de 2022, disponiendo lo que a continuación se expone.
Si bien desde el mes febrero de 2021 existía un subsidio para el cuidado de niños y niñas menores de dos años de edad, consistente en una bonificación mensual de $200.000 (doscientos mil pesos) por tres meses a la trabajadora (o trabajador bajo ciertas hipótesis) dependiente o independiente, por cada niño o niña a su cuidado; ahora la edad de procedencia del beneficio se amplió entre dos y cinco años, pudiéndose postular hasta el día 30 de septiembre de 2022.
Vale mencionar que quienes postulen deberán registrar al menos 4 cotizaciones de seguridad social dentro de los 12 meses anteriores al mes de postulación, siempre que la cotización del mes anterior al mes de postulación también esté registrada (hay excepciones para beneficiarios conjuntos del IFE Laboral).
Cabe advertir que el carácter de esta contribución no es universal, sino que busca compensar los gastos en que incurren padres (principalmente madres) que no cuentan con derecho sala cuna conforme al artículo 203 del Código del Trabajo, esto es, cuando en el empleador no tiene 20 o más mujeres contratadas, entre otros supuestos de negativa o de imposibilidad de acceso a exigir ese derecho.
La misma norma indica que en ningún caso se podrán generar más de 6 bonificaciones por un mismo menor. En otras palabras, si primero se reciben 3 bonificaciones por un menor de 2 años, y luego 3 adicionales cuando éste o ésta cumpla 2 años, no correspondería recibir ninguna adicional.
Para finalizar, la postulación se efectúa en el sitio web https://www.subsidioalempleo.cl/protege/#popup y el dinero se paga directamente a la trabajadora beneficiaria.
Andrea Serrano – Abogada Corporativa
Lizama Abogados