“Esta reforma es a favor de una mayor equidad, mayor cohesión social y no es en contra de nadie. Es para una mejor distribución de la riqueza que entre todos generamos y que nos va a permitir derechos sociales”, señalaba hace pocos días el presidente Gabriel Boric en su discurso de presentación de la Reforma Tributaria 2022.

Y es que, para cumplir con el programa de gobierno, sería necesaria una mayor recaudación fiscal. Financiar reformas estructurales, ampliar derechos sociales como salud y pensiones, apoyar la diversificación productiva de Chile y, en definitiva, promover el desarrollo nacional -obviamente- cuesta caro.

En términos generales, la reforma incorporaría cambios al impuesto a la renta, incorporaría un impuesto a la riqueza (patrimonio), limitaría exenciones e introduciría medidas contra la elusión y evasión fiscal.

Y es así como se presentaron las reformas que se pretenden implementar, y a las que nos referiremos, en tanto tengan alguna vinculación con las relaciones laborales.

Respecto de los impuestos asociados al trabajo, éstos mantendrán su estructura progresiva, con tasas crecientes a medida que aumenta el ingreso. Recordemos que, el impuesto global complementario (IGC) y único de segunda categoría (IU2) de divide en tramos, con tasas asociadas al ingreso de las personas.

La propuesta del gobierno consiste, entonces, en incrementar la tasa marginal del impuesto cuando ésta sea superior a 23%, de modo que aquellos contribuyentes cuya renta supere los 4 millones de pesos, aproximadamente, verán incrementada la tasa en un 3% y así, conforme el siguiente esquema:

Tasa Marginal                   Remuneración mensual Tasa marginal (propuesta)

23%                                       4.030.000 – 5.181.000                    26%

30%                                       5.181.000 – 6.331.000                    35%

35%                                       6.331.000 – 8.057.000                    40%

40%                                       Más de 8.057.000                            43%

 

Con esta modificación, y conforme estadísticas presentadas por el gobierno, solo el 3% de los contribuyentes personas naturales, se verían afectadas.

La propuesta agrega nuevas deducciones del impuesto global complementario:

  1. Gasto por arriendo de viviendas: los contribuyentes personas naturales podrá deducir de su base imponible de IGC los pagos efectuados por concepto de arriendo con un límite de 8 UTA ($450.000 al mes);
  2. Gasto asociado a cuidados familiares: de menores de 2 años y personas con grados de dependencia severa (con un tope de $550.000 al mes).

Por último, se limita la exención del pago de intereses hipotecarios a un crédito y el gasto deducible por exenciones se restringe a 23 UTA ($15.500.000).

 

Paula Warnier – Directora cumplimiento laboral tributario

Lizama Abogados