Acuerdo Tripartito Marítimo en la Región de Los Lagos y fortalecimiento del cumplimiento del Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC 2006)

Conforme a lo informado en la página web de la Dirección del Trabajo, con fecha 6 de marzo de 2026, la Mesa Regional Tripartita Marítima de la Región de Los Lagos suscribió un Acuerdo Complementario Tripartito destinado a mejorar las condiciones laborales y de seguridad de los trabajadores del sector marítimo. La mesa se generó en un contexto marcado por denuncias presentadas ante la Organización Internacional del Trabajo por incumplimientos del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, un instrumento internacional que establece estándares mínimos obligatorios para las condiciones laborales de los trabajadores del sector.

La mesa tripartita fue creada el 24 de junio de 2025 y sesionó durante un período de nueve meses, contando con la participación de representantes sindicales de las federaciones FESIMAR y FENASIOMECHI, la organización gremial ARMASUR, la Dirección del Trabajo, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante y especialistas técnicos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El acuerdo definitivo alcanzado contempla avances regulatorios relevantes que podrían traducirse en nuevas instrucciones administrativas y criterios de fiscalización en el sector. En particular, se estableció el compromiso de emitir dictámenes que garanticen la correcta aplicación de las jornadas laborales y de los períodos obligatorios de descanso, materias que han sido históricamente objeto de observación por parte de organismos fiscalizadores y que constituyen uno de los pilares del Convenio sobre el Trabajo Marítimo. Otro aspecto relevante del acuerdo dice relación con la regulación de los contratos por obra y servicios transitorios, materias que serán objeto de revisión y regulación más estricta con el objeto de evitar prácticas que puedan vulnerar estándares laborales mínimos. En paralelo, la salud ocupacional fue abordada como un eje prioritario, especialmente en relación con los riesgos derivados de la exposición prolongada a altos niveles de ruido en las naves. En este contexto, se adoptaron compromisos orientados a mejorar de manera definitiva las condiciones sanitarias y de habitabilidad de las tripulaciones.

A raíz de la noticia en comento, resulta interesante indagar en el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (MLC 2006). Este instrumento, que fue ratificado por Chile el año 2018 y adoptado por la Organización Internacional del Trabajo, consolida y moderniza normas internacionales existentes, estableciendo estándares mínimos obligatorios relativos a las condiciones de empleo de los trabajadores del sector marítimo. Este convenio se estructura en cinco ámbitos regulatorios fundamentales que comprenden los requisitos mínimos para trabajar a bordo, las condiciones de empleo, el alojamiento y la alimentación, la protección de la salud y bienestar, y los mecanismos de cumplimiento y control. Asimismo, contempla un sistema robusto de fiscalización que incluye certificaciones laborales marítimas, inspecciones periódicas por parte de autoridades nacionales y controles en puertos extranjeros, lo que refuerza el carácter vinculante de sus disposiciones para los Estados que lo han ratificado. Considerando la extensa longitud de la costa chilena y la envergadura de la flota mercante chilena, resulta coherente la adhesión a un convenio de esta naturaleza.

En términos generales, la suscripción de este acuerdo tripartito constituye un hito relevante en materia de diálogo social y cumplimiento de estándares laborales internacionales, evidenciando una tendencia hacia el fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización y control en sectores estratégicos. Lo anterior obliga a las empresas del sector a fortalecer sus sistemas internos de cumplimiento normativo y gestión laboral, anticipándose a eventuales modificaciones regulatorias que podrían consolidarse a partir de la evaluación de los resultados de este acuerdo durante los próximos meses.

Antonia Morales Alemparte

Abogada Área Negociación Colectiva