Avanza proyecto que modifica y posterga la entrada en vigencia de la Ley de Protección de Datos, Senado aprueba y pasa a cámara revisora ¿Cuándo entraría en vigencia y qué modificaciones contempla?
Por amplia mayoría (33 votos a favor y 6 en contra, sin abstenciones ni ausencias), fue aprobado en general y en particular el proyecto de ley que busca aplazar la entrada en vigencia de la nueva ley de protección de datos personales (Ley N°29.719) para el 15 de octubre del año 2027 (Boletín 18623-07).
Así, el proyecto pasa a la cámara revisora (la Cámara de Diputados), a través del oficio 355-26 de fecha 29 de octubre 2026 donde deberá someterse al segundo trámite constitucional para poder convertirse en ley.
Al respecto, en la sesión 86/374 se dio cuenta del Mensaje 435-374 del Presidente de La República que “retira y hace presente” la urgencia de Discusión inmediata, pasando a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y a la de Hacienda.
Además de ello, la modificación legislativa más relevante incorpora un aumento en los miembros del consejo directivo de la agencia de protección de datos, de 3 a 6 consejeros, aumentando de la misma forma el quorum mínimo para sesionar de 2 a 3 consejeros.
Respecto de esta última modificación, el mensaje explica el siguiente fundamento para ampliar los miembros del consejo directivo:
“Por otra parte, resulta necesario fortalecer la integración del Consejo Directivo de la Agencia de Protección de Datos Personales, atendidas la naturaleza y extensión de las competencias que la ley le atribuye. Para el cumplimiento de sus funciones, la Agencia deberá, entre otras materias, dictar instrucciones y normas generales obligatorias sobre las operaciones de tratamiento de datos; determinar estándares de cumplimiento y seguridad y los costos asociados al ejercicio de los derechos de los titulares; establecer orientaciones sobre evaluaciones de impacto; determinar los países que ofrecen niveles adecuados de protección y aprobar instrumentos aplicables a las transferencias internacionales; certificar y supervisar modelos de prevención de infracciones; administrar el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento, y tramitar y resolver los procedimientos de tutela de derechos y sancionatorios. De conformidad con el artículo 30 ter, corresponde al Consejo Directivo ejercer las funciones y atribuciones encomendadas a la Agencia y dictar las normas generales y demás resoluciones requeridas para su ejercicio. En este contexto, la integración de tres consejeros prevista en el artículo 30 quáter resulta insuficiente para el adecuado y oportuno ejercicio de estas competencias. Además, el conocimiento y resolución de los asuntos sometidos al Consejo Directivo requieren conocimientos especializados. El aumento del número de consejeros permitirá reunir perfiles profesionales complementarios, acordes con las competencias asignadas a la Agencia”.
Es decir, el mensaje reconoce la complejidad de la materia y atribuciones relacionadas a la implementación y aplicación de la ley de protección de datos, permitiendo, además, que el consejo contenga una mayor diversidad de conocimientos técnicos a través de una mayor cantidad de miembros. Finaliza este punto señalando que este estándar de 5 miembros es igual al de el Consejo del Banco Central de Chile, el Consejo Fiscal Autónomo y el Consejo de Alta Dirección Pública, sosteniendo que “una composición de cinco integrantes ofrece mejores condiciones de deliberación, continuidad y legitimidad institucional”.
Por otro lado, en relación al aumento de quorum para sesionar, explica el mensaje que el aumento a 3 miembros “permite mantener el funcionamiento del Consejo ante la vacancia de uno de sus integrantes y el impedimento temporal de otro.
Sin esta prórroga, la nueva ley de protección de datos entraría en vigencia el próximo 01 de diciembre de 2026, con sustanciales implicancias para la operación de las empresas en relación al manejo de la información, no solo de sus trabajadores, si no que en distintas áreas de funcionamiento, cuyo desafío de implementación —queda claro— ha sido reconocido por el mensaje presidencial que da lugar a las modificaciones comentadas.


