Corte Suprema revoca sentencia de Corte de Apelaciones de Punta Arenas, respecto a funcionaria pública que viajó al extranjero en uso de licencia médica. (Rol Nº52.294-2025)
Funcionaria municipal de Punta Arenas, destituida por viajar al extranjero, mientras estaba con licencia médica con reposo total. La Corte de Apelaciones aplicó un criterio de proporcionalidad, considerando trayectoria y circunstancias atenuantes. Posteriormente, la Corte Suprema, se ciñó estrictamente al marco del recurso de protección, limitando su alcance a la legalidad y probidad, sin entrar en la ponderación del mérito, revocando la sentencia de la Corte.
La recurrente fundamentó su recurso en base a que la municipalidad ha vulnerado el principio de proporcionalidad, al aplicar una sanción más gravosa sin una ponderación adecuada, así como falta de fundamentación racional, al desconocer su trayectoria intachable.
La Municipalidad argumentó que el viaje vulneró el principio de probidad administrativa, pues la licencia médica es un beneficio público destinado exclusivamente a la recuperación de la salud.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas, acogió el recurso de protección estimando que la destitución siendo legítima en origen y procedimiento, resultó desproporcionada y por ello arbitraria, y no haber ponderado circunstancias atenuantes.
Por su parte, la Corte Suprema, teniendo presente el artículo 8º de la Constitución y el Estatuto Administrativo exigen “una conducta intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular” a los funcionarios públicos. Además, se consideró que la conducta implicó un menoscabo al patrimonio municipal y afectó el cumplimiento regular de las funciones pública, siendo la destitución fue calificada como una sanción legítima dentro de las atribuciones de la autoridad.
Finalmente, la Corte Suprema reiteró que este recurso no está destinado a revisar el mérito o proporcionalidad de las sanciones disciplinarias. Su función es controlar la legalidad y razonabilidad, no sustituir la valoración de la autoridad administrativa.
Esta sentencia reafirma la primacía del principio de probidad administrativa y delimita el alcance del recurso de protección en materia disciplinaria. La Corte Suprema privilegia el interés general y la confianza pública en el correcto uso de licencias médicas (Considerando 6º)
Ignacio Cartes
Abogado Negociación Colectiva


