Consideraciones respecto del delito de no pago de cotizaciones previsionales en Chile (Ley N°17.322).

La Ley N°17.322 regula la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de instituciones de seguridad social, buscando garantizar el pago oportuno de los descuentos previsionales y de las cotizaciones de cargo del empleador.

El empleador tiene la obligación de pagar las cotizaciones previsionales dentro de los diez primeros días del mes siguiente al pago de remuneraciones. El incumplimiento genera intereses penales y reajustes por IPC cuando el atraso supera tres meses, conforme a la tasa establecida en la Ley N°18.010.

En cuanto a la tipificación penal, el artículo 12 de la Ley N°17.322 establece que si el empleador, requerido judicialmente, no consigna en un plazo de quince días las sumas descontadas o que debió descontar, procede la aplicación de arresto hasta por quince días, repetible hasta el pago íntegro. En el caso de personas jurídicas, la responsabilidad recae en los gerentes o administradores declarados ante la institución previsional, lo anterior, según el artículo 18 de la misma ley.

Otro aspecto a considerar, es que la Dirección del Trabajo puede imponer multas en casos de incumplimiento de la declaración y pago de cotizaciones, mientras que la SUSESO fiscaliza el correcto ingreso a los organismos previsionales e instruye la aplicación de cobros y sanciones.

Como se indica, hay que tener presente que el riesgo para el empleador no es solo de carácter patrimonial, sino también personal, ya que puede derivar en privación de libertad de los representantes legales. A ello se suman las consecuencias laborales, como la nulidad del despido y la retención de devoluciones de impuestos para cubrir cotizaciones impagas. En el ámbito reputacional, la falta de cumplimiento puede afectar seriamente la confianza en la empresa, especialmente cuando no existen mecanismos de control en la gobernanza.

En conclusión, el no pago de cotizaciones previsionales en Chile constituye tanto un incumplimiento administrativo como un delito que habilita sanciones personales y privativas de libertad. Aquello hace indispensable que las empresas implementen modelos de prevención, controles internos eficaces y una cultura clara que asegure el cumplimiento previsional, resguardando de esta forma los derechos de los trabajadores y trabajadoras y la responsabilidad de la administración.

Antonia Morales Alemparte

Abogada Área de Negociación Colectiva

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